¿Cuánto es el incremento del arriendo para 2024?
¿Ya sabes cuánto fue el aumento del arriendo este año? En el siguiente artículo, con el propósito de mantenerte informado, te contaremos acerca de los porcentajes establecidos por la Ley para que estés al tanto de las modificaciones a lo largo del 2024. ¡Sigue leyendo!
¿Cuánto aumentó el arriendo para 2024?, ¿qué factores influyeron en esta subida?, y ¿cuáles son las restricciones legales que los arrendadores y arrendatarios deben tener en cuenta? En OIKOS Inmobiliaria te brindaremos las respuestas a estas preguntas y los detalles sobre cómo se perfila el panorama del arriendo en Colombia para este año.
¿Cuánto sube el arriendo para este año?
Teniendo en cuenta las cifras compartidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el tope máximo para el incremento de los cánones de arrendamiento para este 2024 no puede superar el 100 % la cifra del IPC anual del 2023, es decir, 9,28 %. Para darte una idea más concreta, con el porcentaje de arriendo estimado para 2024, un alquiler mensual de dos millones, por ejemplo, podría ascender a $2.092.800, mientras que un arriendo de un millón y medio podría subir a $1.592.800.
Aunque este aumento está determinado por varios factores económicos y legales, cabe resaltar que el porcentaje es solo una aproximación, por lo que el canon de arrendamiento final todavía puede variar en función de las particularidades de cada contrato y las políticas adoptadas por los arrendadores.
¿De qué depende la subida del arriendo?
El incremento en el arriendo para este año no es simplemente una cifra arbitraria; está fuertemente ligado a diversos factores que delinean el panorama económico y contractual en Colombia. Para que puedas entender cómo funciona, a continuación te compartimos una lista detallada de los elementos que influyen en este proceso:
1. Inflación anual: la tasa de inflación anual es el principal catalizador del aumento en los cánones de arrendamiento. Este indicador económico refleja el incremento generalizado de precios y costos, y, en consecuencia, su porcentaje impacta directamente en el ajuste de los arriendos.
2. Oferta y demanda de inmuebles: cuando la demanda de viviendas supera la oferta, los propietarios tienen mayor margen para aumentar los precios de arriendo. De igual manera, en áreas con exceso de oferta, el alto nivel de competencia puede limitar la capacidad de los arrendadores para imponer incrementos significativos.
3. Características del inmueble: la ubicación y otros factores específicos de la propiedad también impactan en el ajuste del arriendo. Espacios cercanos a servicios esenciales, transportes públicos eficientes o con comodidades adicionales tienden a tener incrementos mayores. Asimismo, propiedades más grandes o con características distintivas pueden experimentar aumentos proporcionales.
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¿Qué se puede y no hacer a la hora de subir el arriendo?
El incremento al canon de las casas y los apartamentos en arriendo en Bogotá y en el resto de ciudades de nuestro país está regulado por lo establecido en la Ley 820 del 2003. Para que puedas comprender sus disposiciones, que afectan tanto a arrendadores como a arrendatarios, a continuación te damos a conocer una lista de puntos clave que delinean lo que se puede y no se puede hacer en el proceso de subir el arriendo:
1. Lo que se puede hacer
• Ajuste según IPC: el incremento del arriendo de vivienda está vinculado al Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, calculado por el DANE. En 2023, por ejemplo, el aumento fue del 13,12 %, correspondiente al IPC del 2022.
• 12 meses de ejecución: el arrendador puede aumentar el canon después de que hayan transcurrido 12 meses desde que inició la ejecución del contrato bajo un mismo precio.
• Acuerdo mutuo: el arrendador y el arrendatario pueden acordar un porcentaje de incremento para el canon de arrendamiento que sea menor al del IPC.
2. Lo que no se puede hacer
• Exceder límites legales: la normativa actual establece que el canon de arrendamiento no puede superar el 1 % del precio comercial del inmueble. Del mismo modo, el arrendador tampoco puede incrementar el valor del alquiler en un porcentaje superior al IPC.
• No realizar la notificación: la ley requiere que el arrendador informe al arrendatario con anticipación sobre el monto del incremento y la fecha en que se hará efectivo. No notificar adecuadamente es una violación de los derechos del arrendatario.
Ahora bien, si después de enterarte cuanto subió el arriendo en Bogotá, consideras que el incremento es excesivo, la ley te brinda la posibilidad de presentar una queja ante la Subdirección de Investigaciones y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital. Este organismo se encarga de velar por la equidad en los contratos de las casas y apartamentos en arriendo en el sur y norte de Bogotá, asegurando que los incrementos sean justos y estén en concordancia con las normativas vigentes.
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